Qué cambia para tu pyme con la nueva ley
Si tienes un formulario, un WhatsApp de ventas o una planilla con clientes, ya tratas datos personales. Desde el 1 de diciembre de 2026 (según el texto vigente de la ley; un proyecto en el Senado, Boletín 18.623-07, propone postergarla al 1 de diciembre de 2027, pero aún no está aprobado) hay reglas claras, derechos que tus clientes pueden exigir y una Agencia que puede multar. No importa el tamaño de tu empresa.
Lo que conviene tener en orden
- Una política de privacidad que describa lo que de verdad haces con los datos, y no una plantilla.
- Un aviso breve en cada formulario y una casilla aparte, sin marcar, para enviar publicidad.
- Un banner de cookies que bloquee la analítica y los píxeles hasta que la persona acepte.
- Un contrato con cada proveedor que trata datos por ti, como el contador, la agencia o el software de agenda.
- Alguien que sepa responder cuando un cliente pide sus datos, dentro de los plazos de la ley.
- Medidas de seguridad razonables y un plan por si hay una filtración.
Los datos de salud, la huella digital, el reconocimiento facial y los datos de niños tienen reglas más exigentes. Lo mismo pasa cuando usas servicios que guardan datos fuera de Chile, como Google, Meta o Mailchimp.
Las multas
Las cifras que salen en la prensa son topes. La Agencia fija la multa según la gravedad, el daño y lo que la empresa hizo para cumplir.
| Infracción | Tope | Por ejemplo |
|---|---|---|
| Leve | Amonestación o hasta 5.000 UTM | No contestar a tiempo una solicitud de un cliente |
| Grave | Hasta 10.000 UTM | Usar datos para algo distinto de lo informado |
| Gravísima | Hasta 20.000 UTM | Tratar datos de forma fraudulenta o exponer gravemente datos sensibles |
Durante el primer año, la Agencia puede amonestar por escrito a las empresas de menor tamaño en vez de multarlas. La amonestación queda registrada y cuenta en fiscalizaciones posteriores.
Los clientes grandes ya están pidiendo a sus proveedores que demuestren cómo tratan los datos. Para muchas pymes ese es el primer aviso, antes que cualquier fiscalización.
Precios
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Valores en pesos chilenos. Los pagos en línea se hacen con Mercado Pago. No vendemos certificados de cumplimiento, porque no existen.
Preguntas frecuentes
¿Se va a postergar la ley?+
Puede ser, pero todavía no pasa. El Gobierno presentó un proyecto para mover la entrada en vigencia al 1 de diciembre de 2027, y en el Senado se ha planteado un plazo menor, de seis meses. Mientras ese proyecto no se apruebe y se publique, la fecha legal sigue siendo el 1 de diciembre de 2026. Actualizado al 12 de octubre de 2026.
Mi empresa es chica, ¿también tiene que cumplir?+
Sí. La ley no exime a nadie por tamaño. Lo que cambia es la sanción durante el primer año de vigencia. Si tu empresa es de menor tamaño, es decir, si vende hasta 100.000 UF al año, la Agencia puede aplicarte una amonestación escrita en vez de una multa. Es una facultad de la Agencia y no un derecho de la empresa, y la amonestación queda inscrita en un registro público de sanciones.
¿Qué pasa con las bases de clientes que ya tengo?+
Puedes seguir usándolas si tienes una razón legal para cada uso, como un contrato vigente con el cliente, una obligación legal o su consentimiento. Si la razón es el consentimiento, tienes que poder demostrar que lo dio y para qué. Las listas armadas sin ese respaldo conviene depurarlas o volver a pedir el consentimiento antes de diciembre.
¿Necesito un banner de cookies?+
Si tu sitio usa Google Analytics, el píxel de Meta u otras herramientas de publicidad, en la práctica sí. La ley no menciona las cookies, pero esas herramientas tratan datos de tus visitantes y la base que corresponde es su consentimiento, que tiene que ser previo y tan fácil de rechazar como de aceptar. Las cookies que solo hacen funcionar el sitio no lo necesitan.
¿Puedo seguir enviando promociones por correo o WhatsApp?+
Sí, a quienes aceptaron recibirlas. Ese consentimiento tiene que ser específico, no puede venir en una casilla marcada de antemano y debes poder demostrarlo. Cada envío tiene que traer una forma simple de darse de baja, algo que la ley del consumidor ya exigía.
Un cliente me pide sus datos o que los borre, ¿cuánto plazo tengo?+
Treinta días corridos desde que recibes la solicitud, prorrogables una sola vez por otros treinta si el caso lo justifica. Tienes que acusar recibo, responder por escrito y guardar el respaldo. Si alguien pide bloquear temporalmente sus datos, el plazo es de dos días hábiles.
¿Qué hago si se filtra una planilla o hackean mi sitio?+
Si hay un riesgo razonable para las personas afectadas, tienes que avisar a la Agencia por el medio más rápido posible y sin demoras injustificadas. La ley no fija las 72 horas que suelen citarse, que vienen de la norma europea. Si se expusieron datos sensibles, datos de niños menores de 14 años o datos financieros o comerciales, también debes avisar a cada afectado. Ocultar una filtración a propósito es una infracción gravísima.
¿Necesito un delegado de protección de datos?+
No. Es voluntario, salvo que adoptes un modelo de prevención de infracciones, que lo incluye. En una pyme puede asumir esa función el dueño o el gerente. Lo indispensable es que alguien sepa qué hacer cuando llega una solicitud o una filtración.
¿Qué revisa el diagnóstico y qué no?+
Revisa lo que cualquiera puede ver en tu sitio, como la política de privacidad, las cookies y rastreadores que carga, los formularios, el WhatsApp y la seguridad básica del dominio, y lo cruza con tus respuestas. No entra a tus sistemas ni lee tus contratos o planillas. Los criterios los define el abogado de Marcando, y cuando contratas un plan trabajas directamente con él.
¿Qué recibo si compro el informe completo?+
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¿Me acompañan después de dejar todo en orden?+
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